EL ODIO AL NAZISMO ES DELITO

Incitar al odio contra el nazismo es un «delito de odio», dice la Fiscalía General del Estado

Por Por Máximo Relti para Canarias Semanal

El «delito de odio», un arma multiuso a libre disposición del poder

Hace unas horas – escribe nuestro colaborador Máximo Relti – la Fiscalía General del Estado español ha puesto en circulación una nota destinada a todos los fiscales de España, en la que fija cuál es su interpretación acerca de esa arma de dos filos que es el llamado «delito de odio». En ella, la Fiscalía General explícita con toda claridad que la incitación al odio en contra del nazismo queda tipificada como un perseguible «delito de odio». En este artículo, nuestro colaborador M.Relti comenta las gigantescas repercusiones que puede tener una orientación como la de la fiscalía general del Estado.

A últimas horas de este lunes, llegaba hasta nosotros el texto completo de una circular emitida por la Fiscalía General del Estado de España, – circular 7/2019 – según la cual  la incitación al odio contra los colectivos nazis ha quedado tipificada como «delito de odio».

En la citada circular, que versa sobre pautas que los fiscales deberán contemplar para interpretar los delitos de odio, tipificados en el art. 510 del Código penal, la Fiscalía subraya que “el origen del delito de odio está relacionado con la protección a los colectivos desfavorecidos”. No obstante,  el documento desvincula la “vulnerabilidad “ de un colectivo como “elemento del tipo delictivo que requiera ser acreditado”, precisando que  es el legislador el que,  al incluirlo en el tipo penal, toma como punto de partida esa vulnerabilidad.

El documento indica, además, que tampoco es un elemento delictivo a acreditar “el valor ético que pueda tener el sujeto pasivo” del supuesto delito, por lo que  la incitación al odio un colectivo nazi puede ser incluida en este tipo de delitos”.

Para entender cabalmente la intención que subyace a esta interpretación de la Fiscalía resulta preciso estudiar con atención el documento en cuestión. Desafortunadamente no hemos dispuesto todavía del tiempo necesario para hacerlo.

En cualquier caso, esta esperpéntica valoración jurídica de la Fiscalía General del Estado  algunos ya la habíamos visto venir.  No como una interpretación protectora hacia los  grupos de «nazis clásicos», que como organizaciones físicas constituyen todavía una minoría  no relevante en el Estado español, sino como blindaje  de las instituciones vigentes, conceptos, valores e ideologías estimados como «sagrados» por el establishment dominante. El propio Pedro Sanchez, en el debate electoral de este lunes, dejó caer en lo que llamó «propuestas de futuro»  por dónde podrán ir las cosas.

La recomendación interpretativa que la Fiscalía General del Estado hace a sus fiscales subalternos abre un abanico de potenciales  posibilidades represivas que  se pierde en el horizonte. Veamos.

EL «DELITO DE ODIO», UN ARMA MULTIUSO A LIBRE DISPOSICIÓN DEL PODER

Si usted está en contra del concepto dominante sobre la «Unidad de España», es favorable a la autodeterminación de los pueblos que componen el Estado español y, consecuentemente, realiza  de manera organizada la difusión de este tipo de reivindicaciones, podrá estar incurriendo en un flagrante delito de odio en contra de la «Unidad española».

Si estimara que sus relaciones laborales con la Patronal le resultan  oprobiosas y lesivas para sus intereses, y se atreviera a llamar  a la sociedad a organizarse a favor del derrocamiento de lo que considera la clase social opresora, sepa que usted podrá estar cometiendo  un grave delito de «odio de clase».

Si resultara que siendo conocedor de las vicisitudes de la  historia reciente de nuestro país, proclamara el odio hacia la dictadura del general Franco que hizo posible 40 años  de totalitarismo fascista e ignominia, usted estará, también, cometiendo un «delito de odio».

Si, habiéndose interesado académicamente por el estudio del nazismo, del fascismo, de la Segunda Guerra Mundial, del holocausto y los 40 millones de muertos que dejó tras  sí la guerra ,  ese conocimiento  ha generado en usted un sentimiento de odio y  demanda  de la sociedad a  la organización y el combate contra quienes lo provocaron… usted podrá estar cometiendo, igualmente, un «delito de odio».

Y es que  el odio, como el amor,  no se extingue por un decreto. Para acabar con el odio  antes es  preciso acabar con los factores que lo han creado. La razón por la que los asalariados odian a sus patrones  es el robo sistemático de sus plusvalías,  el paro y  el hambre que genera el sistema económico que ellos defienden con uñas y dientes .

El motivo por el que en este país se odia al franquismo obedece  a la muerte y al escarnio que sembró durante más de cuatro décadas en España.

Aquellos que han conocido la brutalidad de la dictadura, de la  explotación, del fascismo, del franquismo o  del nazismo tienen el legítimo derecho de  odiar esas deformaciones históricas y tratar de impedir que puedan reproducirse .  Y quienes contemplan  ese odio con indiferencia distante, o bien son ignorantes, o simplemente, cómplices miserables de la barbarie.

En este asunto no caben ni medias tintas ni ambigüedades. O te alineas junto al monstruo, o estás contra  él.

Por ello, haría bien la progresía posmoderna electorera, incrustada  en las instituciones, en revisar todo el  destartalado cuadro de sus «antivalores». Porque de no hacerlo, estará incubando los huevos de la serpiente que, más temprano que tarde, acabarán  engulléndolos  también a ellos mismos.

http://canarias-semanal.org/art/26223/incitar-al-odio-contra-el-nazismo-es-un-delito-de-odio-dice-la-fiscalia-general-del-estado

 

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