ALFREDO COSPITO, EL TRIBUNAL DE APELACIÓN ELIMINA LA CADENA PERPETUA

Alfredo Cospito, el tribunal de apelación elimina la cadena perpetua

«Los anarquistas no cometemos masacres, no somos el Estado», ha dicho Cospito antes de escuchar la sentencia, mientras que tras la lectura de esta su abogado y el de Beniamino han hablado de «restauración de un mínimo de racionalidad» y de una pena «que aun con todo es significativa».

La batalla de Alfredo Cospito, que llevó a cabo durante 6 meses una dura huelga de hambre en protesta contra la cadena perpetua y el régimen de aislamiento del 41bis, no solo ha tenido la fuerza de sacar a la superficie lo absurdo del caso, sino que además ha abierto un proceso de puesta en cuestión de los dos pilares fundamentales que sujetan el enfoque punitivo del sistema judicial italiano. Con el avanzar de la batalla del preso anarquista, se ha conseguido abrir un debate que tiene las potencialidades de hacer tambalearse la razón de ser de esos dos inhumanos dispositivos legales y que habrá que llevar a todos los escenarios oportunos.

No obstante, si el proceso político desencadenado por la iniciativa de Cospito –al que este periódico participa a través de la campaña Morir di pena– intentará llevar la batalla sobre el muy heterogéneo terreno social en los próximos meses, es importante mantener la atención alta sobre el destino judicial de un preso que –como otros en nuestro país– sufre en carne propia el ensañamiento por parte del Estado como militante político y, considerando los eventos de los últimos meses, como símbolo.

Como bien es sabido, el delito de masacre del que se acusó a Cospito por la acción simbólica en el cuartel de Fossano (la explosión de dos artefactos que no provocó ni muertos ni heridos) fue recualificado por el Tribunal de Casación como delito de masacre contra la seguridad del Estado, con la consiguiente pena a cadena perpetua. No obstante, el máximo tribunal de apelación de Turín, que debía cuantificar de nuevo la pena de Cospito, involucró al Tribunal Constitucional, dada la imposibilidad de aplicar el atenuante por la leve entidad del daño al caso específico, a causa de la “reincidencia reiterada” del imputado. El Tribunal Constitucional aceptó la tesis del tribunal de apelación, considerando inconstitucional la imposibilidad de equilibrar el agravante con el atenuante por leve entidad. A la luz de esta situación, pidió al juez de Turín que cuantificara la pena de nuevo.

Tras la vuelta del proceso judicial al tribunal de apelación de Turín, la composición de este había sufrido una sensible mutación: habían cambiado su presidente y todos los jueces populares, circunstancia que pudo condicionar fuertemente los resultados. Además, cuando las partes fueron llamadas a presentar sus alegatos, el fiscal general pidió que quedaran registrados una serie de documentos que demostraban que Cospito, a pesar de la condena, había seguido difundiendo panfletos e ideas subversivas. No obstante, se trataba de material que no parecía directamente relacionado con el imputado, y por este motivo sufrió una dura oposición por parte del abogado del preso, Flavio Rossi Albertini. A pesar de todo, el fiscal –que mantuvo en todo momento una actitud extremadamente hostil respecto a la defensa, por ejemplo cuando Rossi Albertini pidió proyectar un vídeo que ya había sido aceptado por el tribunal– solicitó al final de la última audiencia una nueva condena a cadena perpetua, ignorando así, de facto, las indicaciones dadas por el Tribunal Constitucional.

A las tres de esta tarde de hoy, tras escuchar las conclusiones de las partes, los jueces se han retirado a deliberar y, tras más de cuatro horas, han emitido su sentencia. A Anna Beniamino se le reduce la pena a diecisiete años y nueve meses, mientras que a Alfredo Cospito, a veintitrés años. «Los anarquistas no cometemos masacres, no somos el Estado», ha dicho Cospito antes de escuchar la sentencia, mientras que tras la lectura de esta su abogado y el de Beniamino han hablado de «restauración de un mínimo de racionalidad» y de una pena «que aun con todo es significativa». Sobre el plano judicial, queda abierto el tema del régimen de aislamiento del 41bis de Cospito, que en estos meses tanto el gobierno como la magistratura han confirmado en repetidas ocasiones, aplicando una «línea dura» en contraste incluso con los parámetros de la inaceptable ley que regula ese dispositivo jurídico. Sobre el plano político, en cambio, la sentencia representa una bocanada de aire dentro de un marco extremadamente complejo, un escenario ante el cual sigue siendo necesaria una movilización amplia, heterogénea, que se mueva en las calles y en el ámbito de la sensibilización, que vaya desde las acciones de lucha a las culturales, políticas, de base, editoriales, para empujar hacia un objetivo que, considerando todo lo ocurrido en los últimos meses, hay que perseguir con aún mayor determinación.

 

Riccardo Rosa

Publicado en italiano en Napoli Monitor el 26/06/2023

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