LA ACCIÓN DIRECTA ECONÓMICA Y EL INTERÉS GENERAL(DEBATE)

[Debate] La Acción Directa Económica y el interés general

Por Albert Mason, octubre de 2021

Yo no voto. Por descontado, no participo en elecciones de representantes políticos ni sindicales (me niego a delegar mi capacidad de decisión en nadie). Pero tampoco voto en asambleas: me resisto tanto a acatar la voluntad de una mayoría como la voluntad de una minoría. El único sistema de decisión que tolero es el consenso porque antepongo mi libertad a cualquier otra consideración. Mis amigos socialdemócratas me dicen que soy un individualista, que me parezco a los neoliberales. «Entiendo entonces que vosotros ponéis un supuesto interés general por encima de la libertad del individuo —les contesto yo—. Y en eso, ¿no os parecéis acaso a los estalinistas?». Ahí se suele acabar la broma de sacarnos parecidos con ideologías que detestamos.

Los neoliberales y los estalinistas no creen que la libertad individual y el interés general sean realmente compatibles: así, por imaginar que son aspiraciones opuestas, desprecian una de las dos. Nosotros, quiero decir mis amigos socialdemócratas y yo, sí creemos en la armonización de la libertad individual y el interés general. Coincidimos en ese objetivo grande y lejano, como el horizonte, pero no en el método para alcanzarlo.  Ellos piensan que el mío es el peor y yo pienso que no hay método más equivocado que el suyo.  Nuestro desencuentro me recuerda a aquella anécdota de Thoreau, cuando, una vez que le encerraron en un calabozo por negarse a pagar impuestos, un amigo le preguntó enfadado: «¿Qué haces tú ahí dentro?». «¿Y tú? ¿Qué haces ahí fuera?», respondió Thoreau aún más enfadado. Efectivamente, puestos a señalar culpables, habría que señalar primero a los que cumplen leyes injustas, no a los que están presos por incumplirlas. Pues bien, temo que esa abstracción que hemos convenido en llamar «mundo» esté compuesto mayoritariamente por individuos que, por ignorancia o miedo, cumplen leyes injustas. ¿A qué interés general debería sacrificarme? ¿Al de una sociedad que paga impuestos con los que se perpetúa el saqueo privatizador de la tierra y se sufragan guerras, o a uno más elevado, que implica la subversión total del orden establecido? Si hay que sacrificarse por alguno, prefiero el elevado, el que está penado con la cárcel. «Que se sacrifiquen otros por un sistema que perpetúa la iniquidad y garantiza el cataclismo ecológico en menos de dos generaciones a cambio de salarios mínimos; pensiones actualizadas al 2% de IPC; educaciones para la ciudadanía y operaciones de varices con cargo a los presupuestos del Estado. Ahora se pueden hacer tortillas veganas sin romper huevos, pero continúa siendo imposible hacer revoluciones sociales sin romper leyes. En otras palabras: para contribuir a un interés general más veraz que el interés general de cartón piedra promulgado en la Constitución es preciso delinquir. Y la consecuencia de esta arriesgada contribución a la sociedad es, más a menudo de lo que muchas anarquistas desearían, la privación del bien más preciado para ellas: su libertad. ¿Quién da más?». No lo digo yo, lo dice Albert Mason, pero lo suscribo. Por cierto, su nombre de pila es Albert, no Paul, como ha escrito recientemente José Luis Carretero en su artículo Sobre “Acción Directa Económica”, de Paul Mason [1].

Entro ya en la razón de estas divagaciones sobre el añejo debate «individuo vs. interés general». En diciembre de 2020, la editorial Descontrol publicó el anónimo titulado La acción directa económica. Los papeles de Albert Mason. Volumen 1. Se trata de un artefacto sin pretensiones teóricas, concebido casi como un libro de cocina, una recopilación de recetas sobre un campo muy específico de la lucha anarquista que yo llamo, para entenderme a mí mismo, «acción económica». Si en el libro di con alguna idea novedosa fue por accidente, para resolver obstáculos de índole práctica. Por ejemplo, al respecto de ciertas innovaciones en las técnicas de sabotaje al derecho mercantil y societario: lo que sucedió es que, cada vez que quería fundar una cooperativa, el Estado me obligaba a registrarme bajo una forma jurídica llamada «cooperativa» que no se parecía ni remotamente a lo que yo quería fundar. Busqué en las bibliografías para averiguar cómo habían solucionado otros este problema tan concreto, pero no encontré nada: me las tuve que ingeniar.  Teóricos de la Autogestión como el generoso Carlos Taibo o el exigente Miguel Amorós, con sus reparos, han criticado mis esfuerzos favorablemente. Tiene sentido porque, si los teóricos de la autogestión sirven para algo, es para animarnos a realizar experimentos autogestionarios, y Taibo y Amorós son precisamente dos de los que más me animan a experimentar cuando les leo. Otros juicios han sido adversos, como el de José Luis Carretero. Y no tiene menos sentido esta adversidad. Carretero predica una autogestión a la yugoslava, tutelada por el Estado, que no me atrae en absoluto y que probablemente no merezca el nombre de autogestión. Con él me pasa un poco lo del cómico que cada vez que oía a Wagner le entraban ganas de invadir Polonia: cuando le leo me entran ganas de sacarme una oposición de auxiliar administrativo. Sin embargo, le leo. El diálogo avanza entre los que disienten, no entre los que están de acuerdo, y por eso le estoy agradecido.

Gracias a su primera crítica, aparecida en Las criptodivisas y los movimientos sociales [2], tuvimos ocasión de debatir sobre la falsa oposición «Estado vs. capitalismo». ¿Para qué elegir bando, si podemos combatir las dos monstruosidades al mismo tiempo?, le vine a decir en mi réplica [3].

Gracias a su segunda crítica, citada arriba, hemos podido debatir sobre la falsa oposición «libertad individual vs. interés general», que sólo fanáticos peligrosos como los neoliberales o los estalinistas se toman en serio. Afortunadamente, ni yo soy neoliberal ni Carretero es estalinista, de modo que ambos coincidimos en que la libertad del individuo puede y debe ser compatible con el interés general. A pesar de las apariencias, el primer término de la proposición, «la libertad individual», es el menos conflictivo: ni Carretero necesita que le expliquen la suya ni yo que me expliquen la mía. La dificultad viene a la hora de concretar lo que es común a los dos y a la sociedad, el segundo término. La definición de «interés general» es una tarea conjunta, hay que negociar, llegar a acuerdos. Otro tanto sucede con un concepto muy esgrimido por Carretero en su segunda crítica a La acción directa económica: la «clase obrera». ¿Cómo es? ¿De qué está hecha? ¿Tiene consciencia de sí misma? ¿Cuál es su potencial revolucionario? ¿Qué le conviene?

Yo no puedo hablar por boca de los demás sujetos de mi clase, pero, como hay confianza y entre obreros nos entendemos, no me voy a callar lo que pienso: que trabajar toda la vida a las órdenes de un patrón para tener una pensión de jubilación y la casa pagada a los setenta años de edad… que eso no es vida. Además, un trabajador así, de los de treinta y cinco años de hipoteca y cuarenta de cotizaciones a la Seguridad Social; de los que no quiere líos y lo más atrevido que ha hecho en su biografía política es votar a la izquierda, ¿qué aporta a la sociedad un trabajador así? Desde luego, las letras de la hipoteca no, y las cotizaciones a la Seguridad Social tampoco, porque, como bien dice Carretero, esos son salarios diferidos. Son suyos, el Estado se los debe, no son aportaciones. ¿Qué aporta entonces? ¿El IRPF? ¿El IVA? ¿El IBI? ¿Votos? Comparemos ahora a este trabajador modélico con una trabajadora revoltosa, que no desea legitimar al Estado con un voto, que se niega a ser representada por nadie; que boicotea a los bancos, que se financia y financia a otros a través de redes de apoyo mutuo; que no consiente que la exploten, que trabaja por su cuenta, a veces sola, a veces en compañía; que no acepta la propiedad, que okupa o que intenta otras fórmulas comunitarias de vivienda en cesión de uso; que no se lucra con el dinero de los impuestos que impaga, sino que lo emplea en agrandar la noria de las asociaciones libres, solidarias y revolucionarias… Una trabajadora así, ¿dirías que está pasando por una fase de «interesante bohemia juvenil», pero que cuando sus «grupos informales se descompongan y caiga en una marginalidad brutal, nada obliga a la solidaridad con ella»? ¿Dirías de esta trabajadora —sigo parafraseando a Carretero— «que su comprensión reduccionista del conflicto social se filtra también en los límites que muestra a la hora de entender la brutal crisis ecológica que encaramos»? ¿Dirías que por seguir esta «línea de acción orgullosamente ultraminoritaria» es una «muerta civil»?

Carretero describe someramente la «muerte civil» como: «Pasar a las bases de datos de morosos, continuar con deudas por décadas, ver embargados los sueldos y las viviendas, etc.». He repasado los tres elementos enunciados en la descripción, para comprobar si Albert Mason o la trabajadora de mi ejemplo habían fallecido ya civilmente, y resulta que:

a) Las deudas anotadas en las bases de datos de morosos, que se borran normalmente cada cinco años, son las contraídas con Hacienda, bancos y grandes empresas, telefónicas, energéticas, etc… No hay, pues, deshonra en figurar ahí. El único efecto tangible de estos ficheros es la restricción temporal al crédito. (Una explicación de cómo se puede esquivar esta restricción mediante la acción directa económica se sale de los propósitos de este artículo).

b) Sólo son embargables los sueldos de los asalariados, porque los ejecuta el patrón a requerimiento de un juez o del órgano recaudador de turno. El día en que un autónomo se embargue el sueldo a sí mismo será noticia en el telediario. El embargo de una nómina se efectúa, además, por tramos. Los primeros 950€, equivalentes al salario mínimo interprofesional vigente, son inembargables.

c) Sólo son embargables las viviendas de los que figuran en el Registro como propietarios de las viviendas, (razón por la que los insolventes profesionales nunca ponen nada a su nombre).

Albert Mason está a punto de cumplir veinte años de difunto y no cambiaría su estado civil por nada del mundo. La alternativa le aterra: si entendemos «vida civil» como lo contrario de «muerte civil», el ejemplo paradigmático de trabajador civilmente vivo sería entonces un dependiente de El Corte Inglés de Méndez Álvaro, titular de un piso hipotecado en Entrevías hasta 2060, al corriente de pago con Hacienda, Bankia y Vodafone.

La acción directa económica es un método de lucha recomendado para niños y adultos, desde los 6 hasta los 99 años. Ese es su encanto. El riesgo y el nivel de dificultad de las acciones es seleccionable. Las hay legales e ilegales. Las hay completamente inocuas y extremadamente nocivas para la salud. El lector está, naturalmente, advertido. Pero mis advertencias no le han parecido suficientes a Carretero, que alerta dramáticamente a quienes nos exponemos por nuestras acciones a una «muerte civil». Y sospecho que su preocupación por nosotros es sincera, que no se le ha ocurrido que los que necesitan ser alertados con urgencia son los que se exponen por su inacción a una «vida civil». Espero que se haya percatado, al menos, de que la acción directa económica sirve a una subclase de la clase obrera nada desdeñable en calidad y número: me refiero a los millones que no se han suicidado civilmente, como Albert Mason, sino que han sido vilmente asesinados; los inscritos en el ASNEF en contra de su voluntad; los desahuciados a su pesar.

Terminaré con un desmentido a las siguientes líneas inexactas de su segunda crítica:

«La posibilidad de una reconducción colectivista de los servicios públicos, para convertirlos en servicios del común, por la vía de los avances en la autogestión de sus estructuras y la participación amplia de las comunidades y los usuarios, queda fuera de foco para Mason, preocupado, en este caso, únicamente en deslindar los campos entre la minoría activista y el enemigo, dejando fuera de la ecuación, o aún peor en el campo enemigo, a la casi totalidad de la población trabajadora».

Ojalá un proceso tan ilusionante se pusiera en marcha pronto. En cuantos más sitios, mejor. ¿Cómo va a quedar eso fuera del foco de Mason? Lo que queda es fuera del foco del Estado, que no tiene previsto en el corto o medio plazo publicar en el BOE leyes de «reconducción colectivista de los servicios públicos». Por tanto, las valientes que lo intenten en las escuelas, fábricas y hospitales de titularidad estatal tendrán enfrente a los antidisturbios, como cualquier otro okupa. Estamos en las mismas: no se pueden hacer revoluciones sociales sin romper leyes. Ningún Estado fomenta formas de organización que descubran a los trabajadores y consumidores que el Estado es innecesario. Los pocos ensayos que yo he estudiado —yugoslavos, venezolanos, cubanos…— han fracasado todos por el mismo defecto congénito: nacen controlados por autoridades burocráticas y comisarios políticos. Es una autogestión sin libertad, que tiene de autogestión lo mismo que el café sin cafeína tiene de café. Un «Estado autogestionario» (o una «Autogestión del Estado») es un oxímoron del que sólo pueden esperarse aberraciones como el «módulo de autogestión de la cárcel de Soto del Real» [4].

 

P.D.: Por limitaciones de espacio, no me ha sido posible abordar aquí otra polémica oposición planteada por Carretero: «euros vs. criptodivisas». En mi réplica a su primera crítica le dije que me interesaba mucho un «análisis del dinero y sus funciones en el capitalismo», pero que me interesaba aún más un «análisis del dinero y sus funciones en el anarquismo». El volumen 2 de la Acción directa económica se titulará precisamente Dineros y está previsto que salga en 2022. Estamos a tiempo de debatir sobre la cuestión y hacer los cambios que hagan falta en el manuscrito.

[1] https://www.alasbarricadas.org/noticias/node/46507

[2] https://kaosenlared.net/las-criptodivisas-y-los-movimientos-sociales-critica-de-las-posiciones-libertarianas/

[3] La acción directa contra el capitalismo y el Estado. http://alasbarricadas.org/noticias/node/46166

[4] https://elpais.com/politica/2016/04/29/actualidad/1461915759_579766.html

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