La fábrica del miedo (III)

LA FÁBRICA DEL MIEDO (III)

Prevención y represión

A diferencia de la represión, que para ser eficaz tiene que ser selectiva, la prevención es indiscriminada, es decir, que su radio de acción es toda la población. El Estado ni siquiera necesita la excusa de una infracción o de un delito para intervenir. La realidad policial es quizá el mejor ejemplo de este tipo de prevención masiva. Hasta 1992 las detenciones sin motivo e indiscriminadas eran un delito que cometía la policía, mientras que ahora son un derecho en virtud de la Ley de Seguridad Ciudadana (“ley Corcuera”) impuesta por el gobierno del PSOE.

Otro buen ejemplo son los controles de carretera, tan ilegales e inmotivados como las redadas. Sólo en la Comunidad Autónoma Vasca se produjeron en 2012 un promedio de 11 controles cada día de la policía nacional y la guardia civil, 4.000 en total si no se cuentan los de la ERtzantza. Quizá antes pudieron justificarlos con la socorrida “lucha contra el terrorismo” pero, indudablemente, carecen de ella tras el cese de la actividad armada.

La prevención afina la represión. El carácter masivo de la pre44vención es lo que permite luego dirigir la represión de una manera selectiva, por lo que ambas no son políticas independientes una de otra. Como se demostró durante las olimpiadas de Barcelona en 1992, la prevención también puede ser selectiva: se concentra solo en determinadas zonas y barrios, sólo en determinados momentos, según las circunstancias, o sólo contra determinadas personas y colectivos.

Las manifestaciones prohibidas constituyen otro buen ejemplo. Las protestas cotidianas que se celebran en las calles tienen una amplia visualización, pero las prohibidas no se ven y lo que no se ve es como si no existiera. Los periódicos muestran fotos de las manifestaciones que se celebran, pero no de las otras, que no son noticia. Sin embargo, una evaluación del derecho de manifestación se debe poner en relación con ambas, con las que se celebran y con las que se prohíben. Ello conduciría a descubrir que hay determinado tipo de manifestaciones que son sistemáticamente prohibidas, es decir, que no existe tal derecho. Es el caso de las manifestaciones por la liberación de los presos políticos o las laicas que se convocan todos los años durante la Semana Santa.

Excepción y discriminación política

Como toda medida selectiva, la prohibición de determinado tipo de manifestaciones es, a la vez, discriminatoria, lo que no es más que otro reflejo del cambio entre la norma y la excepción puesto que mientras en el siglo XIX la excepción era temporal, hoy la excepción es subjetiva, es decir, se establece en función de las organizaciones y los movimientos sociales. El derecho de unos a participar en las procesiones supone la privación del mismo derecho a los demás.

No se trata sólo que el Estado no sea neutral ante el mismo hecho ni ante las mismas personas, de que proteja a unos y castigue a los demás. La discriminación va mucho más allá y se convierte en su contrario. No sólo no existe igualdad ante la ley sino que nominalmente el Estado también es laico y, por lo tanto, debería defender a los laicos y, sin embargo, defiende a los practicantes de una determinada religión.

Hace un siglo también se prohibían las manifestaciones cuando se declaraba un estado de emergencia. Pero se trataba de cualquier clase de manifestaciones, e incluso se impedía la concentración de grupos reducidos de personas en la calle mientras estaba vigente el estado de emergencia, para lo cual el ejército ocupaba y patrullaba las calles. Dichos periodos de tiempo eran muy reducidos y la anulación de deerechos era absoluta.

Era un toque de queda; todos eran iguales ante la ley; nadie podía salir a la calle. No se trataba, pues, de un caso de discriminación política sino de una excepción que no conocía excepciones.

La discriminación política actual es la instrumentalización de un derecho. Significa que no existe el derecho de manifestación como tal, una constatación que a veces se interpreta con la consigna de que “si tocan a uno nos tocan a todos”, que es el fundamento de la solidaridad con los represaliados y perseguidos.

También me parece obvio constatar que en la medida en que cualquier derecho subjetivo desaparece, también desaparece con él la libertad, o al menos una parfte significativa de ellla.

La informalidad preventiva

La represión se compone de medidas cada vez más formalizadas y reguladas por un complejo entramado legal de derechos en el que intervienen numerosos sujetos que hacen de ella su modo de vida: jueces, fiscales ,policías, carceleros y abogados. Constituyen el imprescindible barniz para que los juristas escriban libros sobre el “Estado de Derecho”, eso es, un funcionamiento en el que cada actuación pública está habilitada por una norma; sin vacíos aparentes.

Por el contrario, la prevención se compone de medidas informales, políticamente flexibles que funcionan en medio de un vacío de legalidad. La prevención permite adoptar cualquier decisión, contra cualquier persona sin necesidad de motivación. El fundamento de la represión es un acontecimiento real, mientras que el de la prevención es el riesgo y el peligro, la posibilidad de que ocurra algo en un futuro inmediato. La diferencia es que mientras los hechos se muestran a si mismos, el riesgo se fabrica “ad hoc”. No es más que un pronóstico que está sometido a una evaluación subjetiva, política, por parte de la clase dominante.

Así lo pone de manifiesto el ejemplo anterior de la prohibición de las manifestaciones, que se suelen justificar en la posibilidad de que se produzcan determinados sucesos, como disturbios, que el Estado pretende evitar. Hoy las manifestaciones no se reprimen sino que se prohíben. Un Estado democrático fundamentado en la represión no impide las manifestaciones sino que, en todo caso, las disuelve en la calle, una vez iniciadas. Hasta hace muy pocos años los manifestantes ntemían la posible aparición de los antidisturbios; por el contrario, hoy antes de acudir a una convocatoria los asistentes saben que estarán presentes incluso antes de que se inicie la marcha. Esa presencia policial no está justificada en absoluto; es preventiva en todos los sentidos posibles del término, incluido el de la intimidación. Hay muchas personas que no acuden a las convocatorias a causa de ello.

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